tramites online (5)

ORDENAMIENTO VALUATORIO

Jefe del Departamento
Antonio Ortiz
Preguntas Frecuentes

Es el valor fiscal de un inmueble determinado por la suma del valor del terreno y de las mejoras. Sirve como base imponible para el cálculo del Impuesto Inmobiliario.

La Valuación Fiscal puede adquirirse de manera presencial, adquiriendo el formulario en la Caja Principal, o de forma online a través de nuestro portal de Trámites Digitales.

Descargar instructivo

El Programa de Declaración de Mejoras solicita a los propietarios informar construcciones, ampliaciones u otras modificaciones realizadas en sus inmuebles, con el objetivo es mantener actualizada la valuación fiscal, conforme a la Ley N.º 3623, y evitar multas.

Se entiende por “mejoras” toda edificación, ampliación o construcción incorporada a un inmueble. Esto abarca desde edificaciones cubiertas y semicubiertas hasta entradas vehiculares pavimentadas en jardines, patios y alrededor de la piscina.

La Declaración de Mejoras es una obligación legal vigente para todos los propietarios conforme a la Ley 3623/1979.

La declaración se puede realizar de manera presencial completando el formulario de Declaración Jurada, donde se deben marcar las incorporaciones correspondientes. Por otro lado, existe una instancia online a través del portal DVM (enlace), donde se deberán adjuntar los archivos mencionados. Se aceptan únicamente formatos JPG, PNG y PDF.

Aclaración: Si dispone de planos en formato CAD, se solicita tomar una fotografía o captura de pantalla del mismo para poder adjuntarlo.

El trámite tiene carácter de Declaración Jurada, por lo que debe ser realizado personalmente por; los titulares del inmueble, usufructuarios, herederos o representantes de sucesiones, compradores (con o sin escritura inscripta), poseedores – incluidos quienes tramitan prescripción -, y otros titulares con derechos sobre el inmueble, como casos de expropiación o donación al Estado aún no formalizada.

Importante: Los profesionales del sector (arquitectos o maestros mayores de obra) no pueden sustituir la responsabilidad del propietario en esta gestión, ya que es un trámite personal del titular.

Para realizar la Declaración, tanto en la instancia presencial como online tenés que tener:

  • Imágenes o fotos: Fotografías de la propiedad desde todos los ángulos posibles. Esto permite a los editores categorizar correctamente los materiales y distinguir entre superficies cubiertas y semi cubiertas. No es necesario que estén impresas; pueden mostrarse directamente desde el celular (en la instancia presencial).
  • Planos: Se pueden presentar planos de obra, ya sea que estén aprobados o no.
  • Croquis: En caso de no contar con planos, basta con un diseño a mano alzada que incluya las medidas aproximadas para calcular la superficie.

Importante: Es requisito fundamental consignar el año de antigüedad de cada construcción, refacción etc. realizada.

No. La Declaración de Mejoras es un trámite totalmente independiente de los realizados ante la Municipalidad. Se trata de una gestión gratuita que se realiza únicamente en nuestro Departamento de Ordenamiento Valuatorio.